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ORDEN PRE/515/2019, de 26 de marzo, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Instituto Aragonés de Servicios Sociales y la Entidad Vitalia Plus S.A., por el que se regula la cooperación entre ambas instituciones para el desarrollo de actividades a realizar para la inserción sociolaboral de los menores incluídos en programas de transición a la vida independiente o tutelados mayores de edad.

Publicado el 22/05/2019 (Nº 97)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios, con el número 2019/7/0035, el convenio de colaboración suscrito, con fecha 11 de marzo de 2019, por el Director Gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales y el Presidente de la entidad mercantil Vitalia Plus S.A., y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio de colaboración que figura como anexo de esta Orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 26 de marzo de 2019.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO ARAGONÉS DE SERVICIOS SOCIALES Y LA ENTIDAD VITALIA PLUS S.A., POR EL QUE SE REGULA LA COOPERACIÓN ENTRE AMBAS INSTITUCIONES, PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES A REALIZAR PARA LA INSERCIÓN SOCIOLABORAL DE LOS MENORES INCLUIDOS EN PROGRAMAS DE TRANSICIÓN A LA VIDA INDEPENDIENTE O TUTELADOS MAYORES DE EDAD

En Zaragoza, a 11 de marzo de 2019.

El Ilmo. Sr. D. Joaquín Santos Martí como Director Gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, en nombre y representación del mismo, según acuerdo del Gobierno de Aragón en su reunión de fecha 4 de septiembre de 2018.

Y D. José María Cosculluela Salinas, en nombre y representación de la entidad mercantil Vitalia Plus S.A. con CIF A50847631, en calidad de Presidente del mismo con domicilio Social en C/ Joaquín Costa, número 2, 4 Dcha, de Zaragoza,

Ambas partes, en la representación con que actúan, se reconocen capacidad legal para otorgar el presente acuerdo y

Que corresponde al Instituto Aragonés de Servicios Sociales (en adelante, IASS), de conformidad con lo dispuesto en sus Estatutos, aprobados mediante Decreto 173/2016, de 22 de noviembre, del Gobierno de Aragón, la gestión de los convenios y conciertos en materia de servicios sociales de acuerdo con las normas vigentes en esta materia, la prestación de servicios sociales que sean competencia y titularidad del Gobierno de Aragón y, en concreto, el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de menores, así como el de los menores incluidos en Programas de Transición a la Vida Independiente.

Que la Comunidad Autónoma de Aragón ostenta la competencia en materia de Protección de Menores de acuerdo con el artículo 148.1.20.ª de la Constitución Española de 1978 y el artículo 71.39.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, y en virtud de lo dispuesto en los Reales Decretos 1070/1984, de 8 de febrero y 2051/1985, de 9 de octubre, por el que se traspasan las funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de Protección de Menores, y los Reales Decretos 1475/1992, de 4 de noviembre y 2227/1993, de 17 de diciembre, sobre ampliación de medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de Protección de Menores.

Que corresponde al Instituto Aragonés de Servicios Sociales el ejercicio de las competencias en materia de protección de menores y de personas con discapacidad, de acuerdo con el artículo 5, letras b) y f) de la Ley 4/1996, de 22 de mayo, relativa al Instituto Aragonés de Servicios Sociales.

De conformidad con el artículo 3.2 de la Ley 12/2001, de 2 de julio, de la Infancia y Adolescencia de Aragón, se establece que la Administración de la Comunidad autónoma asegurará el ejercicio de los derechos de los menores a través de políticas integrales encaminadas al desarrollo de los mismos durante su infancia y adolescencia.

Que la Entidad Vitalia Plus S.A. gestiona centros residenciales y de estancias diurnas para personas en situaciones de dependencia y está interesada en colaborar en los programas dirigidos a menores y, entre ellos, cooperar en las medidas dirigidas a incorporar al mundo laboral tanto a los menores que están en Programas de Transición a la Vida Independiente como a personas bajo medida protectora del Gobierno de Aragón mayores de edad.

Que en consecuencia, el IASS y la Entidad Vitalia Plus S.A. consideran oportuno suscribir un convenio que establezca las condiciones de su colaboración en los términos que expresan las siguientes

Primera.- Objeto.

El presente Acuerdo tiene por objeto fijar y determinar el marco de colaboración entre el Instituto Aragonés de Servicios Sociales y la Entidad Vitalia Plus S.A., para la realización de acciones de inserción sociolaboral, destinado a menores incluidos en programas de transición a la vida independiente o tutelados mayores de edad, estableciendo así un cauce concreto de integración económico-laboral que les aporte oportunidades de empleo, formación y movilidad.

Segunda.- Compromisos de la Entidad Mercantil Vitalia Plus S.A.

La entidad mercantil Vitalia Plus S.A., para favorecer la inclusión laboral de menores incluidos en programas de transición a la vida independiente o tutelados mayores de edad, se compromete a:

d) Ofertar a estas personas puestos de trabajo de acuerdo con las modalidades de contratación vigentes en la legislación laboral, priorizándose la modalidad de contrato indefinido, a través de los procesos de selección habituales en la empresa.

b) Flexibilizar la planificación de sus horarios y jornadas a tiempo parcial o completo en función de las necesidades de la empresa o disponibilidad de estas personas.

c) Mantener la confidencialidad respecto a sus circunstancias personales.

d) Realizar informes de seguimiento de los procesos de selección y contratación que se lleven a cabo con los menores incluidos en programas de transición a la vida independiente o tutelados mayores de edad. La comunicación se hará por correo electrónico.

d) Facilitar la formación en prácticas en sus propios Centros.

f) Participar en las reuniones de la comisión de seguimiento a que se refiere la cláusula cuarta.

Compromisos por parte del Instituto Aragonés de Servicios Sociales.

El IASS se compromete a:

a) Facilitar por medio de sus servicios especializados a la entidad Vitalia Plus S.A. los datos de los menores incluidos en programas de transición a la vida independiente o tutelados mayores de edad, que puedan acceder a los procesos de selección y contratación por parte de la empresa, analizándose cada caso concreto.

b) Gestionar las acciones formativas para el empleo que incluyan compromisos de contratación de los usuarios, con el objetivo de proporcionar a los participantes la formación profesional para el empleo en las distintas especialidades que se adapten a su perfil inicial y se adecuen a las categorías laborales que desarrollen su actividad en el ámbito de los centros residenciales y de estancias diurnas de personas con situaciones de dependencia.

Cuarta.- Comisión de Seguimiento.

Se establecerá una Comisión formada por una persona en representación de cada una de las partes integrantes del presente convenio de colaboración, para velar por el buen desarrollo del mismo.

Esta Comisión se reunirá, siempre que la ocasión lo requiera, para facilitar la adecuada ejecución del convenio y para realizar un seguimiento de las acciones formativas que se estén llevando a cabo.

Quinta.- Reserva y protección de datos.

Si se utilizaran medios informáticos u otros medios de tratamiento automatizado de datos de carácter personal de los usuarios, se dará cumplimento a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento general de protección de datos).

Por otro lado, se deberá observar lo preceptuado en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, respecto del acceso limitado a los propios interesados/as con relación a los documentos que contengan información referente a la intimidad de las personas.

Sexta.- Vigencia.

El presente convenio estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2018, englobando todas las actuaciones producidas a lo largo de dicho ejercicio. El convenio podrá prorrogarse por años naturales siempre que, con carácter previo a su finalización, ambas partes manifiesten expresamente su consentimiento a tal prórroga que deberá formalizarse mediante adenda con anterioridad a la expiración del plazo de vigencia del mismo.

Cualquier modificación del contenido del presente convenio habrá de ser realizada de mutuo acuerdo de las partes mediante la correspondiente adenda.

Tanto las modificaciones como las prórrogas podrán suscribirse directamente por el Director del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, dando posterior comunicación al Gobierno de Aragón.

Séptima.- Naturaleza administrativa y jurisdicción competente.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente convenio, dada su naturaleza jurídico administrativa, serán sometidas a la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Y en prueba de conformidad firman las partes por triplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados.